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lunes, 10 de noviembre de 2008

BOC: ACCIÓN SOCIAL Y JUZGADO DE PAZ

BOC 11 DE NOVIEMBRE
ACCIÓN SOCIAL
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA
Dirección General de Justicia
Corrección de errores a la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 22 de octubre, por la que se convoca la concesión de ayudas de acción social para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
Publicada la citada Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 22 de octubre en el Boletín Oficial de Cantabria número 209, de 29 de octubre, y advertido error material en su transcripción, se procede, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a efectuar la corrección siguiente:
En el art. 4, primer párrafo se indica que: «las ayudas convocadas se adjudicarán conforme al baremo que se especifica en cada tipo de ayuda en base al nivel de renta del solicitante» página 14501,
Debiendo decir: «las ayudas convocadas se adjudicarán conforme al baremo que se especifica en cada tipo de ayuda en base al nivel de renta de la unidad familiar del solicitante».
La presente corrección de errores no reabre el plazo establecido en el capítulo III, art. 11, párrafo 1º de la Orden de 22 de octubre.
Santander, 3 de noviembre de 2008.–El consejero de Presidencia y Justicia, José Vicente Mediavilla Cabo.
JUZGADOS DE PAZ
CONSEJO DE GOBIERNO
Decreto 107/2008 de 23 de octubre, por el que se conceden ayudas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria para gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz en el ejercicio 2008.
Exposición de motivos.
Por el Real Decreto 817/2007, de 22 de junio, se traspasaron a la Comunidad Autónoma las funciones y servicios en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
Dicho traspaso supone la asunción, por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de determinadas funciones que la normativa atribuye con carácter general al Gobierno del Estado y que, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 del Estatuto de Autonomía de Cantabria y en el artículo 37.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponden a las Comunidades Autónomas a las que se haya transferido la gestión en materia de recursos materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
En base a ello, a la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de sus Presupuestos, le corresponde hacer efectiva la previsión contenida en el artículo 52 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, estableciendo, además de otras medidas como la asunción del gasto generado por la informatización, interconexión y digitalización de los Registros Civiles en Cantabria, un crédito para subvencionar a los Ayuntamientos por los gastos que soportan, derivados del funcionamiento de los Juzgados de Paz, subvención que se modulará en función del número de habitantes de derecho del municipio con arreglo al último censo publicado por el INE.
Esta previsión se ha materializado en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2008, al haberse consignado 139.846 euros en la partida 02 09 112M 461, crédito suficiente para indicada finalidad.
La Ley de Cantabria 10/2006, de Subvenciones prevé en su artículo 22 la posibilidad de concesión directa de la subvención cuando las características especiales de la persona beneficiaria o de la actividad subvencionada excluyan la posibilidad de acceso a cualquier otro interesado, haciendo inexistente la concurrencia competitiva, como ocurre en el presente caso en que la subvención se concede a la totalidad de Juzgados de Paz existentes en Cantabria que ejercen funciones públicas que no pueden ser desarrolladas por otros.
La Consejería de Presidencia y Justicia, competente en la materia, ha propuesto la distribución de la totalidad del crédito disponible par esta finalidad conforme al baremo que se incluye en este Decreto atendiendo al número de habitantes de derecho de cada municipio con arreglo al último censo publicado por el INE, con la corrección de incrementar la dotación de las sedes de las Agrupaciones de las Secretarías de Juzgados de Paz con el 50% de la cantidad que corresponde a cada uno de los Juzgados de Paz a que dichas Secretarías atienden, dado el superior gasto que dichas Secretarías soportan.
Teniendo en cuenta la naturaleza de los gastos a que se destinarán las ayudas que se pretenden conceder, cuyas cuantías oscilan entre 250 y 7.000 euros, su libramiento fraccionado vendría a dificultar la gestión, impidiendo su efectividad, procede autorizar el abono íntegro de las mismas

martes, 28 de octubre de 2008

Orden PRE/107/2008, de 22 de octubre, por la que se convoca la concesión de ayudas de acción social para el personal funcionario al servicio de la Adm

BOC 29 DE OCTUBRE

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA
Orden PRE/107/2008, de 22 de octubre, por la que se convoca la concesión de ayudas de acción social para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
CAPÍTULO I
Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Ámbito objetivo.
1. Es objeto de la presente convocatoria la regulación del contenido, procedimiento de gestión y resolución de las ayudas de Acción social que se detallan a continuación:
- Estudios Funcionarios.
- Hijos.
- Ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano discapacitado que convivan con el funcionario.
- Gastos sanitarios.
- Ayuda Social Básica.
2.- Las ayudas que se regulan en la presente Orden quedan convocadas con independencia de la Acción Social que con carácter permanente viene siendo prestada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con lo establecido en los arts. 15 y 16 del D. 85/2005 y con independencia del Seguro de Vida y del Plan de Pensiones del Gobierno de Cantabria.
Artículo 2. Ámbito personal.
1. Podrá solicitar las ayudas convocadas el personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en Cantabria, perteneciente a los cuerpos de:
- Médicos Forenses.
- Gestión Procesal y Administrativa.
- Tramitación Procesal y Administrativa.
- Auxilio Judicial.
Que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Servicio Activo.
- Servicios Especiales.
- Excedencia por cuidado de familiares.
- Excedencia, o suspensión del contrato de trabajo en su caso, por razón de violencia de género.
Funcionarios Interinos, que tengan acreditado un tiempo igual o superior a 6 meses de servicios en el período al que afecte la convocatoria.
Artículo 3. Ámbito temporal.
1. Para devengar el derecho a las ayudas convocadas de hijo discapacitado y gastos sanitarios, el hecho causante de las mismas ha de haberse producido en el periodo temporal comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 1 de julio de 2008, ambos inclusive.
2. Para devengar el derecho a las ayudas convocadas por hijo, el mismo deberá cumplir con el requisito de edad en la fecha de la publicación de la presente convocatoria.
3. Para devengar el derecho a las ayudas convocadas en materia de estudios, la presente convocatoria se refiere al curso escolar 2007-2008.
Artículo 4. Criterios de adjudicación de las Ayudas.
2. Las ayudas convocadas se adjudicarán conforme al baremo que se especifica en cada tipo de ayuda en base al nivel de renta del solicitante, obtenido en función de la base imponible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2007, después de la aplicación de las reducciones por el mínimo personal y familiar, conforme a la información que a tales efectos sea declarada por el solicitante y que será contrastada con los datos obrantes en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. (Casillas 455 y 465).
En caso de que los créditos presupuestarios asignados a cada una de las ayudas resultasen insuficientes, se procederá en los términos establecidos en la presente Orden para cada tipo de ayuda.
Sin perjuicio de los criterios de distribución de créditos presupuestarios establecidos en relación a las ayudas por estudios, por hijos y por hijo, descendiente, ascendiente, cónyuge o hermano discapacitado, en caso de que los créditos asignados a cada una de las ayudas resultaran sobrantes se seguirán, por este orden, los siguientes criterios de distribución:
a) En primer lugar, se distribuirá hasta agotar el crédito o hasta que se alcancen las cuantías máximas a conceder entre las distintas ayudas, por el siguiente orden:
- Descendiente, ascendiente, cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad o hermano discapacitado que convivan con el funcionario.
- Hijos.
- Estudios de empleado.
- Gastos sanitarios.
- Ayuda Social Básica.
b) En segundo lugar, y de continuar existiendo sobrante, éste se distribuirá proporcionalmente entre los solicitantes de la concreta ayuda en que se produzca el mismo, pudiendo alcanzar en este supuesto hasta el doble de la cuantía máxima permitida en la ayuda, sin superar el límite individual del gasto efectuado.
2.- Un mismo solicitante no puede ser beneficiario de más de dos ayudas, excepto si a su vez fuera beneficiario de la Ayuda por Discapacidad, teniendo derecho en este caso a la percepción de las tres ayudas; es decir, en el caso de que un peticionario solicitase distintas ayudas y pudiera ser beneficiario de todas ellas, sólo tendría derecho a la percepción de aquellas dos de mayor cuantía económica, y a la de discapacitados, en su caso.
3. Los datos relativos a la renta anual del solicitante a que se refiere la convocatoria se obtendrán por la Administración, a través de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, previa autorización expresa del interesado en la solicitud.
En el supuesto de que los interesados no dieran autorización o no se pudiera obtener de la AEAT por vía telemática, información sobre el nivel de renta, serán incluidos en el tramo de renta más alto a efectos de la adjudicación de las ayudas que hubieran podido solicitar.
En el supuesto de que los interesados no tuvieran obligación de realizar declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, previa acreditación de dicha circunstancia, serán incluidos en el tramo de renta más bajo a efectos de la adjudicación de las ayudas que hubieran podido solicitar.
4. No obstante lo anterior, la Administración, podrá solicitar del interesado, en cualquier momento del procedimiento, cualquier documento que considere necesario para la gestión de las ayudas.
CAPÍTULO II
De las Ayudas
Artículo 5.-Ayuda de estudios.
1. Esta ayuda será concedida al personal al servicio de la Administración de Justicia que en la fecha de la publicación de la presente convocatoria se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Servicio Activo.
- Excedencia por el cuidado de familiares.
- Excedencia, o suspensión del contrato de trabajo en su caso, por razón de violencia de género.
Únicamente se concederá la ayuda por la realización de una determinada clase de estudios, con independencia de que pueda acreditar la realización de dos o más estudios que pudieran ser objeto de la ayuda.
2. Tendrán derecho a percibir esta ayuda, los funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia por los estudios que cursen.

MAS INFORMACIÓN EN:
http://boc.gobcantabria.es/boc/datos/MES%202008-10/OR%202008-10-29%20209/PDF/14500-14503.pdf

El CGPJ y los decanos se dan tres meses para concretar las medidas que necesita la Justicia

Vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y una representación de los jueces decanos de toda España mantuvieron ayer una reunión de trabajo -la primera- de la que saldrá el plan de actuación inmediata para modernizar la Justicia que el Pleno del órgano de gobierno de los jueces tiene previsto aprobar mañana. Este plan se integra en un ambicioso proyecto con el que el CGPJ quiere marcar los pasos que a largo plazo habrán de darse para hacer frente a los problemas que padecen desde hace décadas juzgados y tribunales.

La reunión sirvió para poner ideas en común y ambas partes, según fuentes judiciales, convinieron en que la Administración de Justicia necesita «más recursos, más medios y sistemas informáticos compatibles entre sí». Que estuvieran de acuerdo en las líneas generales, no significa que coincidieran en cuáles son los primeros pasos que hay que dar: los decanos incidieron en la búsqueda de soluciones a la excesiva carga de trabajo que sufren los juzgados; los vocales de la Comisión de Modernización del CGPJ, en dar prioridad a una reforma de las estructuras (desarrollo de la oficina judicial y creación de servicios comunes) que permita después determinar qué medios materiales y humanos, y en qué cuantía, son necesarios. Lo que sí parece que se dieron fue una fecha tope, el 31 de enero de 2009, para tener cerradas y pactadas las medidas concretas que deben ponerse en marcha.

Las propuestas de los jueces

Los decanos inciden en la sobrecarga de trabajo; el CGPJ da prioridad a la reforma de la oficina judicial

Los cinco decanos que asistieron a la reunión -los de Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia y Bilbao- entregaron a los miembros del Consejo un documento en el que, bajo el título «Propuestas para una reforma global de la Justicia», resumen cuáles son, desde su punto de vista, las necesidades más urgentes. Dos de esos puntos, según han señalado fuentes del CGPJ, quedarán recogidos en el plan de actuación inmediata que votará el Pleno mañana: conciliación de trabajo y vida familiar y prevención de riesgos laborales.

El documento de los decanos, que han pedido al CGPJ que elabore un calendario para fijar el paulatino desarrollo de las medidas, hacía también las siguientes propuestas: elaboración de un estudio sobre la proporción de jueces con respecto al número de ciudadanos y al volumen de trabajo para, a partir de ahí, determinar las necesidades presupuestarias; establecer unos módulos de trabajo que permitan conocer el número necesario de juzgados y el volumen de trabajo que pueden asumir; dotación de plantillas de jueces, secretarios judiciales y funcionarios profesionales o, en su caso, interinos cualificados; desarrollo de la oficina judicial; programas informáticos uniformes, coordinados con Policía y prisiones y dotados de alarmas sobre el vencimiento de plazos; que sea el juez, y no el secretario judicial, quien siga decidiendo la agenda del juzgado; definición clara de las competencias que corresponden a cada uno de ellos (jueces y secretarios); por último, desarrollo de un sistema de notificación y presentación de escritos «on line».

El de ayer fue un primer contacto que vendrá seguido de reuniones de trabajo entre los decanos y los técnicos del Consejo. En cualquier caso, señalan fuentes de ambos lados, se ha dado «el primer paso» para que la modernización de la Justicia «sea una realidad».

Por otra parte, el CGPJ hizo pública ayer una declaración institucional en la que -al hilo de las declaraciones del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bemejo, en un diario nacional- de nuevo pide «serenidad» y «respeto» por el trabajo de los jueces con expresa mención al Supremo.


NIEVES COLLI MADRID
Martes, 28-10-08

FUENTE:http://www.abc.es/20081028/nacional-tribunales/cgpj-decanos-tres-meses-20081028.html

lunes, 27 de octubre de 2008

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONCURSO TRASLADOS

Orden de 15-3-2008 de anuncio de plazas vacantes para los Cuerpos/Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio.
27 de octubre de 2008

ORDEN 27-10-2008 RESOLUCION DEFINITIVA CONCURSO ANUNCIADO CON FECHA 15-3-2008ORDEN DE 15-3-2008 POR LA QUE SE RESUELVE DEFINITIVAMENTE EL CONCURSO DE TRASLADOS ENTRE FUNCIONARIOS DE LOS CUERPOS DE GESTION, TRAMITACION Y AUXILIO, ANUNCIADO CON FECHA 15-3-2008 (BOE 4-4-2008)
ORDEN 27-10-2008 ADJUDICACIONES DEFINITIVAS (PDF)
PREFERENCIAS 27-10-2008 ADJUDICACIONES DEFINITIVAS (PDF)
EXCLUIDOS 27-10-2008 (PDF)
AUXILIO JUDICIAL 15-3-2008 ADJUDICACIONES DEFINITIVAS (PDF)
GESTION PA 15-3-2008 ADJUDICACIONES DEFINITIVAS (PDF)
TRAMITACION PA 15-3-2008 ADJUDICACION DEFINITIVA (PDF)
ASTURIAS AUXILIO BOE (PDF)
ASTURIAS GESTION BOE (PDF)
ASTURIAS TRAMITACION BOE (PDF)
BALEARES AUXILIO BOE (PDF)
BALEARES GESTION BOE (PDF)
CASTILLA-LA MANCHA AUXILIO BOE (PDF)
CASTILLA-LA MANCHA GESTION BOE (PDF)
CASTILLA-LA MANCHA TRAMITACION BOE (PDF)
CASTILLA-LEON AUXILIO BOE (PDF)
CASTILLA-LEON GESTION BOE (PDF)
CASTILLA-LEON TRAMITACION BOE (PDF)
CEUTA GESTION BOE (PDF)
EXTREMADURA AUXILIO BOE (PDF)
EXTREMADURA GESTION BOE (PDF)
EXTREMADURA TRAMITACION BOE (PDF)
LA RIOJA AUXILIO BOE (PDF)
LA RIOJA GESTION BOE (PDF)
LA RIOJA TRAMITACION BOE (PDF)
MELILLA GESTION BOE (PDF)
MELILLA TRAMITACION BOE (PDF)
MURCIA AUXILIO BOE (PDF)
MURCIA GESTION BOE (PDF)
MURCIA TRAMITACION BOE (PDF)
ORGANOS CENTRALES GESTION BOE (PDF)
ORGANOS CENTRALES TRAMITACION BOE (PDF)
TOXICOLOGIA AUXILIO MADRID BOE (PDF)
TOXICOLOGIA GESTION MADRID BOE (PDF)
TOXICOLOGIA TRAMITACION MADRID BOE (PDF)
TOXICOLOGIA TRAMITACION SEVILLA BOE (PDF)
ANDALUCIA AUXILIO BOE (PDF)
ANDALUCIA GESTION BOE (PDF)
ANDALUCIA TRAMITACION BOE (PDF)
ARAGON AUXILIO BOE (PDF)
ARAGON GESTION BOE (PDF)
ARAGON TRAMITACION BOE (PDF)
CANARIAS AUXILIO BOE (PDF)
CANARIAS GESTION BOE (PDF)
CANARIAS TRAMITACION BOE (PDF)
CANTABRIA AUXILIO BOE (PDF)
CANTABRIA GESTION BOE (PDF)
CANTABRIA TRAMITACION BOE (PDF)
CATALUÑA AUXILIO BOE (PDF)
CATALUÑA GESTION BOE (PDF)
CATALUÑA TRAMITACION BOE (PDF)
GALICIA AUXILIO BOE (PDF)
GALICIA GESTION BOE (PDF)
GALICIA TRAMITACION BOE (PDF)
MADRID AUXILIO BOE (PDF)
MADRID GESTION BOE (PDF)
MADRID TRAMITACION BOE (PDF)
NAVARRA AUXILIO BOE (PDF)
NAVARRA GESTION BOE (PDF)
NAVARRA TRAMITACION BOE (PDF)
PAIS VASCO GESTION BOE (PDF)
PAIS VASCO TRAMITACION BOE (PDF)
VALENCIA AUXILIO BOE (PDF)
VALENCIA GESTION BOE (PDF)
VALENCIA TRAMITACION BOE (PDF)
http://www.mjusticia.es/cs/Satellite?c=Page&cid=1057821035147&lang=es_es&menu_activo=1057821035147&p=1057821035147%3B1057821035147&pagename=Portal_del_ciudadano%2FPage%2FEmpleoPublico&iden=ShM_Opo_ConTras&subseccion=ListadoConvocatoriasPerfil&idperfil=1072773576382&idoposicion=1161678457673&titulopag=Concursos%20y%20traslados
FUENTE:

domingo, 26 de octubre de 2008

BOC: Acuerdo de la Sala de Gobierno sobre nombramientos de jueces de Paz de diversos municipios.

BOC 27 DE OCTUBRE
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA
Secretaría de Gobierno

Acuerdo de la Sala de Gobierno sobre nombramientos de jueces de Paz de diversos municipios.
Don Luis Sanz Garrido, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Hago saber: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal ha procedido al nombramiento de los siguientes jueces de Paz:
Titulares de:
Ampuero.- Don José Antonio Céspedes Aguilera, con documento nacional de identidad número 13757552.
Sustitutos de:
Liendo.- Don Rafael Gil Cavada, con documento nacional de identidad número 13734446-L.
Voto.- Don Rodolfo Elorrieta García, con documento nacional de identidad número 72386617-M (por renuncia aceptada de doña Inés San Emeterio Fernández).
Contra los acuerdos de los nombramientos cabe recurso ordinario o de revisión, en su caso, ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en los plazos y por los motivos y formas que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se hace público a los efectos de que los jueces de Paz nombrados tomen posesión de su respectivo cargo en el Juzgado de destino, con las prevenciones de los artículos 20 y 21 del Reglamento de los Jueces de Paz, y para general conocimiento.
Santander, 7 de octubre de 2008.–Firma ilegible.

martes, 21 de octubre de 2008

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria y la Junta de Jueces piden medios y defienden la independencia

Santander.- Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) y la Junta de Jueces de Santander han defendido la independencia judicial y han pedido más medios a raíz de los paros de los secretarios judiciales convocados hoy por la sanción a una compañera como consecuencia del "caso Mari Luz".
Los magistrados del TSJC y la Junta de Jueces, reunidos esta mañana, han adoptado sendos acuerdos, en los que exigen que se dote a la Administración de Justicia de los medios humanos y materiales "imprescindibles" para cumplir su trabajo con eficacia.
Los magistrados del TSJC muestran además su apoyo a las Juntas de Jueces convocadas en los distintos partidos judiciales "como expresión de la irrenunciable defensa de la independencia del poder judicial".
La Junta de Jueces de Santander, por su parte, llama la atención sobre la "escasez" de medios en la Administración de Justicia, a la que achaca la demora en la tramitación de los procedimientos y otras "disfunciones".
En su acuerdo, la Junta rechaza "la forma demagógica de proceder de algunos responsables políticos que, ocultando su responsabilidad, la desplazan intencionadamente sobre los miembros del poder judicial".
Este órgano pide, además de una ampliación de la planta judicial, que se ponga en marcha el modelo de oficina judicial y que se avance en la implantación de nuevas tecnologías.
Además, las Juntas de Jueces de Santander y de Torrelavega han acordado adherirse al documento emitido con motivo de las XVIII Jornadas de Jueces Decanos de Cádiz, en el que se rechazan "las constantes injerencias de los responsables políticos en las facultades disciplinarias que competen exclusivamente al Consejo General del Poder Judicial".
Ese comunicado también enfatiza que "las críticas vertidas pretenden, básicamente, ocultar la responsabilidad del poder político en la secular carencia de medios personales y materiales" de los juzgados.
La Junta de Jueces de Torrelavega señala además que "si el sistema judicial presenta disfunciones, se debe al inveterado abandono de los gestores públicos".
La Junta de Torrelavega demanda que "se elimine la actual sobrecarga" de trabajo que pesa sobre los magistrados, que "lastra el normal funcionamiento de la Administración de Justicia".
En lo que se refiere a Torrelavega, pide la informatización del Decanato y que se creen dos juzgados más, así como un equipo psico-social que atienda el juzgado de guardia y peritos que dictaminen en el ámbito penal, puesto que, según afirma la Junta, el tener que encargar informes y actuaciones a Santander motiva dilaciones en los procedimientos.

FUENTE: http://www.soitu.es/soitu/2008/10/21/info/1224596590_502317.html

lunes, 20 de octubre de 2008

OTRA CORRECIÓN DE ERRORES DEL CONCURSO: Y NO SE DEPURAN RESPONSABILIDADES

MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.— Orden JUS/2993/2008, de 6 de octubre, por la que se corrige error en la Orden JUS/2769/2008, de 22 de septiembre, por la que se modificaba la Orden JUS/926/2008, de 15 de marzo, por la que se convocaba a concurso de traslado plazas vacantes y de resultas, entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
Más... (2008/16874)
PDF (2008/16874; 1 págs. - 40 KB.)