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martes, 28 de octubre de 2008

Orden PRE/107/2008, de 22 de octubre, por la que se convoca la concesión de ayudas de acción social para el personal funcionario al servicio de la Adm

BOC 29 DE OCTUBRE

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA
Orden PRE/107/2008, de 22 de octubre, por la que se convoca la concesión de ayudas de acción social para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
CAPÍTULO I
Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Ámbito objetivo.
1. Es objeto de la presente convocatoria la regulación del contenido, procedimiento de gestión y resolución de las ayudas de Acción social que se detallan a continuación:
- Estudios Funcionarios.
- Hijos.
- Ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano discapacitado que convivan con el funcionario.
- Gastos sanitarios.
- Ayuda Social Básica.
2.- Las ayudas que se regulan en la presente Orden quedan convocadas con independencia de la Acción Social que con carácter permanente viene siendo prestada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con lo establecido en los arts. 15 y 16 del D. 85/2005 y con independencia del Seguro de Vida y del Plan de Pensiones del Gobierno de Cantabria.
Artículo 2. Ámbito personal.
1. Podrá solicitar las ayudas convocadas el personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en Cantabria, perteneciente a los cuerpos de:
- Médicos Forenses.
- Gestión Procesal y Administrativa.
- Tramitación Procesal y Administrativa.
- Auxilio Judicial.
Que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Servicio Activo.
- Servicios Especiales.
- Excedencia por cuidado de familiares.
- Excedencia, o suspensión del contrato de trabajo en su caso, por razón de violencia de género.
Funcionarios Interinos, que tengan acreditado un tiempo igual o superior a 6 meses de servicios en el período al que afecte la convocatoria.
Artículo 3. Ámbito temporal.
1. Para devengar el derecho a las ayudas convocadas de hijo discapacitado y gastos sanitarios, el hecho causante de las mismas ha de haberse producido en el periodo temporal comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 1 de julio de 2008, ambos inclusive.
2. Para devengar el derecho a las ayudas convocadas por hijo, el mismo deberá cumplir con el requisito de edad en la fecha de la publicación de la presente convocatoria.
3. Para devengar el derecho a las ayudas convocadas en materia de estudios, la presente convocatoria se refiere al curso escolar 2007-2008.
Artículo 4. Criterios de adjudicación de las Ayudas.
2. Las ayudas convocadas se adjudicarán conforme al baremo que se especifica en cada tipo de ayuda en base al nivel de renta del solicitante, obtenido en función de la base imponible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2007, después de la aplicación de las reducciones por el mínimo personal y familiar, conforme a la información que a tales efectos sea declarada por el solicitante y que será contrastada con los datos obrantes en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. (Casillas 455 y 465).
En caso de que los créditos presupuestarios asignados a cada una de las ayudas resultasen insuficientes, se procederá en los términos establecidos en la presente Orden para cada tipo de ayuda.
Sin perjuicio de los criterios de distribución de créditos presupuestarios establecidos en relación a las ayudas por estudios, por hijos y por hijo, descendiente, ascendiente, cónyuge o hermano discapacitado, en caso de que los créditos asignados a cada una de las ayudas resultaran sobrantes se seguirán, por este orden, los siguientes criterios de distribución:
a) En primer lugar, se distribuirá hasta agotar el crédito o hasta que se alcancen las cuantías máximas a conceder entre las distintas ayudas, por el siguiente orden:
- Descendiente, ascendiente, cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad o hermano discapacitado que convivan con el funcionario.
- Hijos.
- Estudios de empleado.
- Gastos sanitarios.
- Ayuda Social Básica.
b) En segundo lugar, y de continuar existiendo sobrante, éste se distribuirá proporcionalmente entre los solicitantes de la concreta ayuda en que se produzca el mismo, pudiendo alcanzar en este supuesto hasta el doble de la cuantía máxima permitida en la ayuda, sin superar el límite individual del gasto efectuado.
2.- Un mismo solicitante no puede ser beneficiario de más de dos ayudas, excepto si a su vez fuera beneficiario de la Ayuda por Discapacidad, teniendo derecho en este caso a la percepción de las tres ayudas; es decir, en el caso de que un peticionario solicitase distintas ayudas y pudiera ser beneficiario de todas ellas, sólo tendría derecho a la percepción de aquellas dos de mayor cuantía económica, y a la de discapacitados, en su caso.
3. Los datos relativos a la renta anual del solicitante a que se refiere la convocatoria se obtendrán por la Administración, a través de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, previa autorización expresa del interesado en la solicitud.
En el supuesto de que los interesados no dieran autorización o no se pudiera obtener de la AEAT por vía telemática, información sobre el nivel de renta, serán incluidos en el tramo de renta más alto a efectos de la adjudicación de las ayudas que hubieran podido solicitar.
En el supuesto de que los interesados no tuvieran obligación de realizar declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, previa acreditación de dicha circunstancia, serán incluidos en el tramo de renta más bajo a efectos de la adjudicación de las ayudas que hubieran podido solicitar.
4. No obstante lo anterior, la Administración, podrá solicitar del interesado, en cualquier momento del procedimiento, cualquier documento que considere necesario para la gestión de las ayudas.
CAPÍTULO II
De las Ayudas
Artículo 5.-Ayuda de estudios.
1. Esta ayuda será concedida al personal al servicio de la Administración de Justicia que en la fecha de la publicación de la presente convocatoria se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Servicio Activo.
- Excedencia por el cuidado de familiares.
- Excedencia, o suspensión del contrato de trabajo en su caso, por razón de violencia de género.
Únicamente se concederá la ayuda por la realización de una determinada clase de estudios, con independencia de que pueda acreditar la realización de dos o más estudios que pudieran ser objeto de la ayuda.
2. Tendrán derecho a percibir esta ayuda, los funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia por los estudios que cursen.

MAS INFORMACIÓN EN:
http://boc.gobcantabria.es/boc/datos/MES%202008-10/OR%202008-10-29%20209/PDF/14500-14503.pdf

El CGPJ y los decanos se dan tres meses para concretar las medidas que necesita la Justicia

Vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y una representación de los jueces decanos de toda España mantuvieron ayer una reunión de trabajo -la primera- de la que saldrá el plan de actuación inmediata para modernizar la Justicia que el Pleno del órgano de gobierno de los jueces tiene previsto aprobar mañana. Este plan se integra en un ambicioso proyecto con el que el CGPJ quiere marcar los pasos que a largo plazo habrán de darse para hacer frente a los problemas que padecen desde hace décadas juzgados y tribunales.

La reunión sirvió para poner ideas en común y ambas partes, según fuentes judiciales, convinieron en que la Administración de Justicia necesita «más recursos, más medios y sistemas informáticos compatibles entre sí». Que estuvieran de acuerdo en las líneas generales, no significa que coincidieran en cuáles son los primeros pasos que hay que dar: los decanos incidieron en la búsqueda de soluciones a la excesiva carga de trabajo que sufren los juzgados; los vocales de la Comisión de Modernización del CGPJ, en dar prioridad a una reforma de las estructuras (desarrollo de la oficina judicial y creación de servicios comunes) que permita después determinar qué medios materiales y humanos, y en qué cuantía, son necesarios. Lo que sí parece que se dieron fue una fecha tope, el 31 de enero de 2009, para tener cerradas y pactadas las medidas concretas que deben ponerse en marcha.

Las propuestas de los jueces

Los decanos inciden en la sobrecarga de trabajo; el CGPJ da prioridad a la reforma de la oficina judicial

Los cinco decanos que asistieron a la reunión -los de Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia y Bilbao- entregaron a los miembros del Consejo un documento en el que, bajo el título «Propuestas para una reforma global de la Justicia», resumen cuáles son, desde su punto de vista, las necesidades más urgentes. Dos de esos puntos, según han señalado fuentes del CGPJ, quedarán recogidos en el plan de actuación inmediata que votará el Pleno mañana: conciliación de trabajo y vida familiar y prevención de riesgos laborales.

El documento de los decanos, que han pedido al CGPJ que elabore un calendario para fijar el paulatino desarrollo de las medidas, hacía también las siguientes propuestas: elaboración de un estudio sobre la proporción de jueces con respecto al número de ciudadanos y al volumen de trabajo para, a partir de ahí, determinar las necesidades presupuestarias; establecer unos módulos de trabajo que permitan conocer el número necesario de juzgados y el volumen de trabajo que pueden asumir; dotación de plantillas de jueces, secretarios judiciales y funcionarios profesionales o, en su caso, interinos cualificados; desarrollo de la oficina judicial; programas informáticos uniformes, coordinados con Policía y prisiones y dotados de alarmas sobre el vencimiento de plazos; que sea el juez, y no el secretario judicial, quien siga decidiendo la agenda del juzgado; definición clara de las competencias que corresponden a cada uno de ellos (jueces y secretarios); por último, desarrollo de un sistema de notificación y presentación de escritos «on line».

El de ayer fue un primer contacto que vendrá seguido de reuniones de trabajo entre los decanos y los técnicos del Consejo. En cualquier caso, señalan fuentes de ambos lados, se ha dado «el primer paso» para que la modernización de la Justicia «sea una realidad».

Por otra parte, el CGPJ hizo pública ayer una declaración institucional en la que -al hilo de las declaraciones del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bemejo, en un diario nacional- de nuevo pide «serenidad» y «respeto» por el trabajo de los jueces con expresa mención al Supremo.


NIEVES COLLI MADRID
Martes, 28-10-08

FUENTE:http://www.abc.es/20081028/nacional-tribunales/cgpj-decanos-tres-meses-20081028.html

lunes, 27 de octubre de 2008

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONCURSO TRASLADOS

Orden de 15-3-2008 de anuncio de plazas vacantes para los Cuerpos/Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio.
27 de octubre de 2008

ORDEN 27-10-2008 RESOLUCION DEFINITIVA CONCURSO ANUNCIADO CON FECHA 15-3-2008ORDEN DE 15-3-2008 POR LA QUE SE RESUELVE DEFINITIVAMENTE EL CONCURSO DE TRASLADOS ENTRE FUNCIONARIOS DE LOS CUERPOS DE GESTION, TRAMITACION Y AUXILIO, ANUNCIADO CON FECHA 15-3-2008 (BOE 4-4-2008)
ORDEN 27-10-2008 ADJUDICACIONES DEFINITIVAS (PDF)
PREFERENCIAS 27-10-2008 ADJUDICACIONES DEFINITIVAS (PDF)
EXCLUIDOS 27-10-2008 (PDF)
AUXILIO JUDICIAL 15-3-2008 ADJUDICACIONES DEFINITIVAS (PDF)
GESTION PA 15-3-2008 ADJUDICACIONES DEFINITIVAS (PDF)
TRAMITACION PA 15-3-2008 ADJUDICACION DEFINITIVA (PDF)
ASTURIAS AUXILIO BOE (PDF)
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ASTURIAS TRAMITACION BOE (PDF)
BALEARES AUXILIO BOE (PDF)
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CASTILLA-LA MANCHA AUXILIO BOE (PDF)
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CASTILLA-LEON AUXILIO BOE (PDF)
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CEUTA GESTION BOE (PDF)
EXTREMADURA AUXILIO BOE (PDF)
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LA RIOJA AUXILIO BOE (PDF)
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MURCIA AUXILIO BOE (PDF)
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TOXICOLOGIA AUXILIO MADRID BOE (PDF)
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VALENCIA GESTION BOE (PDF)
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http://www.mjusticia.es/cs/Satellite?c=Page&cid=1057821035147&lang=es_es&menu_activo=1057821035147&p=1057821035147%3B1057821035147&pagename=Portal_del_ciudadano%2FPage%2FEmpleoPublico&iden=ShM_Opo_ConTras&subseccion=ListadoConvocatoriasPerfil&idperfil=1072773576382&idoposicion=1161678457673&titulopag=Concursos%20y%20traslados
FUENTE:

domingo, 26 de octubre de 2008

BOC: Acuerdo de la Sala de Gobierno sobre nombramientos de jueces de Paz de diversos municipios.

BOC 27 DE OCTUBRE
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA
Secretaría de Gobierno

Acuerdo de la Sala de Gobierno sobre nombramientos de jueces de Paz de diversos municipios.
Don Luis Sanz Garrido, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Hago saber: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal ha procedido al nombramiento de los siguientes jueces de Paz:
Titulares de:
Ampuero.- Don José Antonio Céspedes Aguilera, con documento nacional de identidad número 13757552.
Sustitutos de:
Liendo.- Don Rafael Gil Cavada, con documento nacional de identidad número 13734446-L.
Voto.- Don Rodolfo Elorrieta García, con documento nacional de identidad número 72386617-M (por renuncia aceptada de doña Inés San Emeterio Fernández).
Contra los acuerdos de los nombramientos cabe recurso ordinario o de revisión, en su caso, ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en los plazos y por los motivos y formas que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se hace público a los efectos de que los jueces de Paz nombrados tomen posesión de su respectivo cargo en el Juzgado de destino, con las prevenciones de los artículos 20 y 21 del Reglamento de los Jueces de Paz, y para general conocimiento.
Santander, 7 de octubre de 2008.–Firma ilegible.

martes, 21 de octubre de 2008

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria y la Junta de Jueces piden medios y defienden la independencia

Santander.- Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) y la Junta de Jueces de Santander han defendido la independencia judicial y han pedido más medios a raíz de los paros de los secretarios judiciales convocados hoy por la sanción a una compañera como consecuencia del "caso Mari Luz".
Los magistrados del TSJC y la Junta de Jueces, reunidos esta mañana, han adoptado sendos acuerdos, en los que exigen que se dote a la Administración de Justicia de los medios humanos y materiales "imprescindibles" para cumplir su trabajo con eficacia.
Los magistrados del TSJC muestran además su apoyo a las Juntas de Jueces convocadas en los distintos partidos judiciales "como expresión de la irrenunciable defensa de la independencia del poder judicial".
La Junta de Jueces de Santander, por su parte, llama la atención sobre la "escasez" de medios en la Administración de Justicia, a la que achaca la demora en la tramitación de los procedimientos y otras "disfunciones".
En su acuerdo, la Junta rechaza "la forma demagógica de proceder de algunos responsables políticos que, ocultando su responsabilidad, la desplazan intencionadamente sobre los miembros del poder judicial".
Este órgano pide, además de una ampliación de la planta judicial, que se ponga en marcha el modelo de oficina judicial y que se avance en la implantación de nuevas tecnologías.
Además, las Juntas de Jueces de Santander y de Torrelavega han acordado adherirse al documento emitido con motivo de las XVIII Jornadas de Jueces Decanos de Cádiz, en el que se rechazan "las constantes injerencias de los responsables políticos en las facultades disciplinarias que competen exclusivamente al Consejo General del Poder Judicial".
Ese comunicado también enfatiza que "las críticas vertidas pretenden, básicamente, ocultar la responsabilidad del poder político en la secular carencia de medios personales y materiales" de los juzgados.
La Junta de Jueces de Torrelavega señala además que "si el sistema judicial presenta disfunciones, se debe al inveterado abandono de los gestores públicos".
La Junta de Torrelavega demanda que "se elimine la actual sobrecarga" de trabajo que pesa sobre los magistrados, que "lastra el normal funcionamiento de la Administración de Justicia".
En lo que se refiere a Torrelavega, pide la informatización del Decanato y que se creen dos juzgados más, así como un equipo psico-social que atienda el juzgado de guardia y peritos que dictaminen en el ámbito penal, puesto que, según afirma la Junta, el tener que encargar informes y actuaciones a Santander motiva dilaciones en los procedimientos.

FUENTE: http://www.soitu.es/soitu/2008/10/21/info/1224596590_502317.html

lunes, 20 de octubre de 2008

OTRA CORRECIÓN DE ERRORES DEL CONCURSO: Y NO SE DEPURAN RESPONSABILIDADES

MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.— Orden JUS/2993/2008, de 6 de octubre, por la que se corrige error en la Orden JUS/2769/2008, de 22 de septiembre, por la que se modificaba la Orden JUS/926/2008, de 15 de marzo, por la que se convocaba a concurso de traslado plazas vacantes y de resultas, entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
Más... (2008/16874)
PDF (2008/16874; 1 págs. - 40 KB.)

Veinte temores fundados de los funcionarios ante la crisis económica

En la última década la Administración Pública vivió las vacas gordas, y ahora que corren tiempos de vacas escuálidas, Sevach se aventura a avanzar una profecía realista del impacto de la crisis económica sobre los 2 millones y medio de funcionarios españoles, si se cumplen los malos presagios de gurus y analistas. No deja de ser sintomático y preocupante que por primera vez en la democracia, las Universidades públicas de Madrid han visto recortado sensiblemente la subvención nominativa, esto es, el dinero autonómico para afrontar los costes de personal, con la consiguiente desesperación de los rectores que han de “buscarse la vida” para pagar las nóminas del profesorado y el personal. Este dato trae a la mente del funcionario aquello de “cuando las barbas de tu vecino veas mojar, pon las tuyas a recortar….”.
Por eso, para el punto crítico álgido o de máxima turbulencia económica, situado en el segundo trimestre del año 2009, y de no mediar un milagro económico, los frentes en que se manifestará la crisis para los funcionarios serán múltiples y pueden sintetizarse en veinte aspectos sensibles. Las dos herramientas jurídicas, resistentes al control judicial, que permitirán “adelgazar” el estatuto funcionarial son, de un lado, la todopoderosa potestad de autoorganización y de otro lado, ese comodín que son las “necesidades del servicio”. Veamos las posibles manifestaciones negativas para los funcionarios de la crisis. Leer el resto de la entrada »
FUENTE: BLOG DE DERECHO PÚBLICO DE SEVACH
http://www.contencioso.es/?p=895#more-895

DECRETO ASISTENCIA GRATUITA CANTABRIA

BOC 14 DE OCTUBRE
CONSEJO DE GOBIERNO
Decreto 86/2008, de 11 de septiembre, de Asistencia Jurídica Gratuita.
PREÁMBULO
El artículo 119 de la Constitución Española establece la gratuidad de la Justicia cuando lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
Asimismo, el artículo 20.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial recogió este mandato constitucional y remitió a la ley ordinaria en cuanto a la regulación del sistema de justicia gratuita.
La Ley Estatal 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, que desarrolla legalmente la previsión del artículo 119 de la Constitución, ha introducido cambios en el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita para aquéllas personas que acrediten insuficiencia de recursos, optando por la desjudicialización del procedimiento de reconocimiento de dicho derecho, al crear las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita como órganos administrativos a los que se encarga la decisión sobre el reconocimiento del derecho.
La disposición adicional primera de la citada Ley delimita el ámbito de intervención normativa de las Comunidades Autónomas que hayan asumido el ejercicio efectivo de las competencias en materia de provisión de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia entre las que se encuentra Cantabria desde el 1 de enero de 2008 en virtud del Real Decreto 817/2007.
Este Decreto desarrolla la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita de acuerdo con ese ámbito normativo reconocido a Cantabria, contemplando la composición y estructura de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Cantabria y el procedimiento para el reconocimiento del derecho, así como regulando la financiación de dicho servicio. En concreto, el capítulo I regula el ámbito objetivo y subjetivo de aplicación del mismo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El capítulo II adapta la organización de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Cantabria a la estructura territorial del Estado Autonómico para aquellas Comunidades Autónomas que como la de Cantabria han asumido competencias en la materia.
Igualmente, regula el régimen de indemnización por las asistencias distinguiendo entre las asistencias de los funcionarios, que no se retribuyen específicamente al celebrar sus sesiones durante su jornada de trabajo al servicio de la Administración y las de los restantes miembros no funcionarios que dedican parte del tiempo de su actividad privada a esta función publica de asistencia a dicho órgano.
El capítulo III regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. Dicho capítulo III se divide en tres secciones, una primera general aplicable en los supuestos que no están incluidos en las otras dos secciones y además, con carácter supletorio a las mismas.
La segunda aplicable a los procesos por el enjuiciamiento rápido de delitos que trata de compatibilizar la rapidez en el enjuiciamiento de los mismos con una rapidez máxima en el reconocimiento de este derecho.
Y una tercera para los procesos derivados de violencia de género que pretende extremar la sensibilidad en el reconocimiento y efectividad de este derecho para las mujeres víctimas de dicha situación.
El capítulo IV regula aspectos organizativos que tienden a garantizar la prestación del servicio.
El capítulo V regula las compensaciones económicas a los colegios de abogados y procuradores por la prestación del servicio así como los controles al destino que dichos colegios dan a esa indemnización
Y finalmente el capítulo VI prevé el régimen de indemnizaciones a los peritos privados que intervengan en asuntos en los que se haya reconocido este derecho.
Por todo ello, a propuesta del consejero de Presidencia y Justicia y previos los informes pertinentes y de acuerdo con el dictamen del Consejo de Estado:
MAS INFORMACION EN: http://boc.gobcantabria.es/boc/datos/MES%202008-10/E1%202008-10-14%20027/PDF/276-286.pdf

viernes, 10 de octubre de 2008

Incumplimiento de promesas de mejora en la sede judicial de Torrelavega

El sindicato STAC-STEC denunció ayer el retraso en el traslado de las dependencias del Registro Civil de Torrelavega al antiguo local que ocupó la Coordinadora contra el Paro, y el acondicionamiento de calabozos en el edificio judicial a pesar de los compromisos adquiridos por el Ayuntamiento.A través de un comunicado, el sindicato recordó el compromiso público adquirido hace unos meses por la alcaldesa, Blanca Rosa Gómez Morante, y el director general de Justicia, Juan Carlos Mediavilla, de proceder a la mejora de la sede judicial de Torrelavega, demanda por los funcionarios y por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.MantenimientoEl citado sindicato denuncia además la falta de mantenimiento en el actual edificio judicial de Torrelavega , cuyo ascensor no funciona «por la existencia de unas posibles goteras en la sala de máquinas», lo que supone «un grave perjuicio» a los usuarios del inmueble.Ante esta situación, desde el STAC- STEC se ha solicitado que por los responsables se tomen las «medidas urgentes» para solucionar estos problemas.Por otra parte, y en relación con el proyecto del nuevo edificio de la sede judicial de Torrelavega, el sindicato ha exigido que «prime lo funcional sobre lo estético y no se repitan los errores cometidos por el Ministerio de Justicia respecto a los nuevos edificios de Medio Cudeyo, Castro Urdiales, Reinosa y San Vicente de la Barquera». La obra ha sido adjudicada a la empresa Ascan en 6.9 millones.

Fuente: DIARO MONTAÑES
http://www.eldiariomontanes.es/20081011/torrelavega/incumplimiento-promesas-mejora-sede-20081011.html

martes, 7 de octubre de 2008

BOE: PRESUPUESTOS JUZGADOS DE PAZ

BOE DE OCTUBRE DE 2008

MINISTERIO DE JUSTICIA
Juzgados de paz.— Orden JUS/2807/2008, de 30 de septiembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de septiembre de 2008 por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los juzgados de paz.
Más... (2008/16155)
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lunes, 6 de octubre de 2008

CONVOCATRIA CONCURSO DE SECRETARIOS

Concurso de traslado Secretarios Judiciales 2008


Lunes, 06 de Octubre de 2008 13:03
La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia ha hecho pública la fecha probable de publicación en el BOE del Concurso de traslado: será el martes 14 de octubre de 2008. Tal y como adelantábamos, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia hizo pública la convocatoria de concurso de traslado para Secretarios Judiciales. Podéis consultar el anuncio de concurso y el listado de plazas disponibles en Concursos y traslados.

FUENTE: http://www.funcionariosjusticia.com/web/externo/sisej.html
FUENTE: SISEJ

viernes, 3 de octubre de 2008

Suspenden dos años de empleo y sueldo a la secretaria del juez del 'caso Mari Luz'

MADRID.- El Ministerio de Justicia ha impuesto una sanción de dos años de suspensión de empleo y sueldo a Juana Gálvez, la secretaria judicial del Juzgado de Sevilla del que es titular Rafael Tirado, por su actuación en un caso relacionado con el presunto autor de la muerte de la niña Mari Luz Cortés.

Según ha informado el Ministerio, la sanción a Gálvez ha sido impuesta por una falta grave de negligencia y retraso injustificado en el cumplimiento de sus funciones, lo que desembocó en un "cúmulo de omisiones y errores" que le llevó a un "grave incumplimiento de sus deberes profesionales", ya que no ejecutó la sentencia que condenaba por abusos a su hija a Santiago del Valle, luego detenido por la muerte de la niña de Huelva.

Aunque el instructor del expediente a la secretaria había propuesto que la sanción fuera de 6 meses de suspensión, el departamento que dirige Mariano Fernández Bermejo justifica la decisión de imponer una de dos años "por la gravedad del perjuicio causado a los ciudadanos con la actuación de la funcionaria".

Tanto la naturaleza de las penas impuestas, cuya ejecución se dilató de manera indebida, como los hechos que motivaron la condena, requerían de un especial celo en la tramitación", asegura la nota de Justicia, debido a la condición de menor de la víctima como a la alta reincidencia en estos casos.

Hay una buena noticia para la sancionada, ya que se considera que no hubo mala intención en sus actos. Además, para no imponerle la máxima multa, que podría haber sido de tres años de suspensión, se argumenta el reconocimiento de su trabajo por parte de otros funcionarios.

Críticas de los secretarios judiciales
Los secretarios judiciales han tachado de "auténtico escándalo" la sanción impuesta a su compañera y creen ser la "cabeza de turco" para ocultar las carencias de Justicia.
El Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, al que pertenece la secretaria sancionada, ha considerado el castigo "desmesurado" y ha advertido de que lo sucedido en el Juzgado de Sevilla "puede pasar en cualquier momento y en cualquier lugar". "Se ha optado por hacer sangre en la parte más débil", ha señalado.
Por su parte, el portavoz de la Unión Progresista de Secretarios Judiciales, Emilio López Durán, ha dicho que la sanción impuesta a Gálvez es "como mínimo desproporcionada" porque al juez Rafael Tirado se le impuso una multa de 1.500 euros por estos mismos hechos, según ha explicado.
El juez Tirado, que fue quien mantuvo en libertad al presunto autor de la muerte de Mari Luz y por ello el CGPJ le sancionó con 1.500 euros, aseguró que siempre que la causa estuvo bajo su control se tramitó con celeridad, aunque lamentó que la funcionaria encargada de hacerlo estuvo cinco meses de baja sin sustitución.
Asimismo, declaró que nunca desde que en marzo de 2006 firmó la orden de ingreso en prisión de Santiago del Valle hasta el pasado 14 de marzo, le informaron del estado del trámite, competencia de los funcionarios del juzgado.

FUENTE: DIARIO EL MUNDO
http://www.elmundo.es/elmundo/2008/10/03/espana/1223045444.html

jueves, 2 de octubre de 2008

BOE: CONCURSO DE TRASLADOS

BOE 3 DE OCTUBRE
MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.— Orden JUS/2769/2008, de 22 de septiembre, por la que se corrige la Orden JUS/926/2008, de 15 de marzo, por la que se convocaba a concurso de traslado plazas vacantes y de resultas, entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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